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sábado, 2 de enero de 2016

La administración CYGBA: dato muy interesante


Nueva Resolución 430-AGC-2014 – Ascensores Registrados


Crean un registro para todos los ascensores de la ciudad
Esto permitirá conocer el número real de elevadores de toda la ciudad y desarrollar un diagnóstico que será clave optimizar el sistema de controles. Los vecinos podrán fiscalizar también que cada consorcio cumpla con el registro. La fecha límite será el 30 de abril de 2014 y para los elevadores nuevos, hasta el 31 de marzo de cada año, pasado dicho plazo serán considerados en infracción.

La Agencia Gubernamental de Control creó Ascensores Registrados, un programa que surge como una revisión de los procesos de control, registro e inspección de todos los elevadores de la ciudad de Buenos Aires.

Este programa permitirá, en una primera fase, desarrollar un diagnóstico de situación del parque de elevadores mediante la utilización de sistemas informatizados de carga de datos. Los propietarios o administradores de edificios deberán registrar sus elevadores y su correspondiente empresa conservadora.

En una segunda fase, se podrán reemplazar los procedimientos administrativos complejos y prolongados que derivarán en inspecciones más eficientes mediante la incorporación de todos los datos técnicos de los elevadores.

Si bien el ejercicio de control y fiscalización se mantendrá vigente, el presente programa atiende a mejorarlo y se producirá un cambio de paradigma: las inspecciones proactivas reemplazarán a las inspecciones reactivas a denuncias.

¿Cómo deberán inscribirse los elevadores?

La inscripción la realizará el propietario/administrador de manera simple a través de internet desde la web: www.buenosaires.gob.ar/agc/guia-de-tramites-de-la-agc/fiscalizacion-y-control-de-obras. Por cada elevador ingresado, el sistema generará un documento que contiene un código QR , cuya oblea impresa será intransferible y deberá estar visible en cada ascensor, junto con la planilla de controles mensuales de la Empresa Conservadora.

En cuanto al costo de inscripción al registro, la Ley Tarifaria de la ciudad es la que establece el importe de la tasa a abonar. La misma se abona por ascensor una única vez en el año. El cambio de empresa conservadora o de administrador no derivará en un nuevo pago de la tasa.

Cabe destacar que la incidencia de la tasa no es significativa en los gastos generales de los propietarios, como ejemplo, en un edificio tipo de propiedad horizontal (de 8 pisos y tres UF por piso) se pagarían aproximadamente un peso por mes por Unidad Funcional.

Por su parte, la AGC continúa realizando capacitaciones para administradores y empresas conservadoras que deseen tener toda la información relativa al nuevo sistema, para ello los interesados deberán contactarse al mail: ascenso@buenosaires.gob.ar con el asunto: “Solicitud de Capacitación Ascensores Registrados” y detallar el nombre de la empresa o administración de consorcio que solicite la capacitacón.

CECAF



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