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lunes, 25 de enero de 2016

La administracion CYGBA te recomienda el siguiente articulo:


Los consorcios tendrán la obligación de contar con los Certificados de Desinfestación y Desinfección (CeDyT) en forma mensual.

Certificado de desinfección


   
Mediante la Disp. 705/15 de la Dirección de Control Ambiental de la CABA, publicada en el BO del 16/10/15, se estableció la obligatoriedad para consorcistas, representantes y/o administradores del Consorcio de Propiedad Horizontal, establecimientos públicos y privados, de contar con el Certificado de Desinfección y Desinfestación (CEDyT) en forma mensual.

La Dirección General de Control Ambiental será la encargada de controlar los establecimientos y consorcios a los fines de verificar el cumplimiento de la norma, cuya inobservancia será considerada falta grave y pasible de sanciones administrativas.

Recordemos que la Res. APRA (GCBA) 360/11 estableció la obligatoriedad de que las empresas privadas de desinfestación y desinfección inscriptas en el Registro de Actividades de la CABA expidan un Certificado de Desinfección y Desinfestación. 

Se implementó al efecto un sistema de generación de certificados en línea, denominado Encomienda Digital APrA (EDA) que permite a las empresas de desinfección la generación de certificados de características uniformes para los cuales se exige la validación de sus Directores Técnicos.

Los Certificados de Desinfestación y Desinfección (CeDyT), generados a partir del sistema EDA tienen una vigencia el de treinta (30) días corridos, contados a partir del día siguiente de la prestación, por lo que se exige a los consorcios de propietarios y/o administradores y a los establecimientos públicos o privados contar con el correspondiente certificado en forma mensual.

Fuente: Marcela López

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